¿Inocentes o culpables? En Perú, la preocupación por la seguridad ciudadana toma forma concreta: 60 policías procesados por dispararles a criminales.
De esa cifra, 15 de ellos ya recibieron, en primera instancia, sentencias que oscilan entre 21 y 25 años de cárcel.
Un desafío que plantea serias interrogantes sobre la aplicación de la ley, la seguridad ciudadana y el nivel de profesionalización de la Policía Nacional del Perú (PNP).
Por un lado, se considera la falta de entrenamiento de los efectivos en el cumplimiento de sus deberes conforme a ley y, por otro, el marco legal que favorece a los criminales.
De esa cifra, 15 de ellos ya recibieron, en primera instancia, sentencias que oscilan entre 21 y 25 años de cárcel.
Portar un arma de fuego obliga al policía a cumplir procedimientos precisos y estrictos. Para ello se prepara, tanto física como sicológicamente.
Sin embargo, a veces, su labor colisiona con normas, que, bajo interpretaciones particulares y antojadizas, afectan su desempeño y, por ende, la seguridad ciudadana.
¿Quiénes nos defenderán?
El exministro del Interior y actual congresista, Fernando Rospigliosi Capurro, se pregunta: ¿cómo podrán estos agentes —los 60 procesados— enfrentarse a los delincuentes en el futuro con la misma convicción?
Chau, ministro
En este contexto, el exministro del Interior Vicente Romero Fernández fue objeto de censura por parte del Congreso de la República tras su supuesta incapacidad para abordar eficazmente la lucha contra la delincuencia.
Antes de concluir su mandato, Romero reconoció la carencia de personal policial en el territorio peruano. “En todo el país nos faltan un promedio de 50 mil policías”, indicó en Panamericana TV.
La mayoría de los uniformados involucrados en estos casos pertenecen a la Subunidad de Acciones Tácticas (SUAT), la cual ostenta el estatus de ‘élite e inteligencia’.
“Si estos policías están tras las rejas, ¿con qué determinación afrontará ahora la Policía a los delincuentes? Son conscientes de que carecen de respaldo desde las altas esferas y que el sistema judicial los persigue con mayor severidad que a los propios delincuentes. En estas circunstancias, no hay respaldo político”, cuestiona Rospigliosi.
Policías vs. delincuentes
Te presentamos tres casos iguales y, a la vez, distintos. Parecidos, porque quien inicia el ataque y es abatido es un delincuente a manos de la Policía, y distintos por las circunstancias del enfrentamiento y las penas impuestas.
Caso Elvis Miranda
En 2019, el agente policial Elvis Miranda Rojas fue encarcelado en el penal de Piura por perseguir y disparar a Juan Carlos Chocán, quien escapaba luego de robar el celular a un estudiante en la ciudad de Piura.
El policía ganó notoriedad, después de ser encarcelado por abatir al delincuente. Este acto indignó a todas las regiones del Perú e, incluso, a compatriotas en el extranjero, los cuales expresaron mensajes de apoyo e instaron a que el agente saliera victorioso del proceso.
Tras pasar 26 días recluido en el penal ex Río Seco de Piura, decidió estudiar Derecho. Realiza sus prácticas en el Instituto de Defensa Legal Policial.
“Lo que me llevó a estudiar la carrera de Derecho es, básicamente, la situación que me tocó pasar. Imagínate que si un efectivo PNP supuestamente no tiene arraigo laboral, entonces, ¿quién lo tiene?”, dijo el suboficial a La República.
¿En defensa propia?
El Poder Judicial dictó nueve meses de prisión preventiva contra el agente de la Policía Nacional del Perú, Percy Chalco Moyna. Esta medida se tomó en relación con el incidente ocurrido el 22 de octubre en la zona de José Carlos Mariátegui, ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho, donde el mencionado agente abatió a dos individuos que intentaban asaltarlo.
El fallo emitido por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria señala que Chalco utilizó su arma reglamentaria y efectuó más de trece disparos en la vía pública.
Estos acontecimientos ocurrieron después de que el acusado saliera de una celebración en compañía de un amigo.
“No hubo una reparación espontánea de los daños, de querer auxiliar a la víctima, nada, por el contrario, una reacción de querer acabar con la vida de esa persona que ya estaba tendida”, sustentó el titular del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho.
Mientras que, el policía de 34 años señaló durante la audiencia, que actuó en legítima defensa ante la amenaza de los delincuentes que lo acorralaron.
“Al ver que me apuntaba tuve que hacer uso de mi arma de fuego. Recuerdo haber realizado de 10 a 13 disparos a estas personas”. “Soy inocente, he actuado en legítima defensa porque corría riesgo mi vida”, añadió el efectivo.
PNP abate a Maldito Cris
Christopher Joseph Fuentes González, alias Maldito Cris, perdió la vida el 17 de junio durante un enfrentamiento con agentes de la PNP. Este individuo era uno de los criminales más buscados desde que asesinó al sereno Luis Manrique Pizarro (55) en Surco, Lima, el 14 de abril del 2023.
“Nos hemos librado como sociedad de una persona que con toda seguridad iba a seguir matando. Así que me parece que es una gran noche, mis felicitaciones a la Policía Nacional”.
“Uno no debería alegrarse de la pérdida de una vida. Mentiría si digo que no estoy muy contento. Estoy muy contento de lo que ha hecho la Policía, de que nos hayan librado de alguien como él. Creo que murió como debió morir”, expresó el alcalde de Surco, Carlos Bruce Montes.
Asimismo, agregó: “Nos hemos librado como sociedad de una persona que con toda seguridad iba a seguir matando. Así que me parece que es una gran noche, mis felicitaciones a la Policía Nacional”.
Policías y la ley
En la actualidad, hay dos disposiciones legales que abordan específicamente la inimputabilidad de la Policía Nacional en el empleo de armas de fuego como medida de defensa.
El Código Penal, en su artículo 20° establece que, el “personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte” estará exento de responsabilidad penal.
Asimismo, la Ley N.° 31012, Ley de Protección Policial, señala que está prohibido dictar mandato de detención preliminar y prisión preventiva “a los policías que hacen uso de sus armas en forma reglamentaria”.
También existe abuso
El empleo de armas de fuego por parte de la Policía Nacional del Perú está regulado por el Decreto Legislativo N.° 1186, que establece los principios, criterios y condiciones para el uso de la fuerza por parte de los agentes del orden.
Según esta norma, la Policía solo puede emplear armas de fuego cuando sea estrictamente necesario para proteger la vida propia o de terceros, o para evitar la comisión de delitos graves⁸.
Sin embargo, en los últimos meses se han registrado numerosos casos de abusos policiales contra manifestantes y transeúntes durante las protestas sociales en el país.
Organizaciones de derechos humanos como Human Rights Watch han documentado el uso excesivo, desproporcionado e indiscriminado de la fuerza por parte de la PNP, que ha causado la muerte de 49 personas y más de 1300 heridos.
Ante esta situación, diversos especialistas han cuestionado la actuación de la Policía y han exigido una reforma profunda de la institución.
Algunos han denunciado que la violencia policial evidencia el desprecio y el racismo hacia los sectores populares y marginados de la sociedad peruana.
Otros han propuesto medidas con el fin de garantizar el respeto a los derechos humanos y el debido proceso de los detenidos, así como para sancionar a los responsables de los abusos.