InicioFruta frescaMinería ilegal: la riqueza tóxica y subterránea del oro

Minería ilegal: la riqueza tóxica y subterránea del oro

Según la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), la minería ilegal movió más de 2 248 millones de dólares, entre 2022 y 2025, evidencia de la magnitud de este fenómeno que supera al narcotráfico: en rentabilidad y sofisticación con la que las redes criminales lavan dinero y evaden controles fiscales y financieros.

La minería ilegal se ha convertido en una de las principales fuentes de dinero ilícito en América Latina, superando incluso a actividades como el narcotráfico y la extorsión en términos de ingresos ilegales generados. Este fenómeno no solo representa un grave problema ambiental y social, sino que también alimenta una economía paralela que opera con altos niveles de impunidad y corrupción.

En el Perú, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) se identificó movimientos financieros sospechosos entre 2022 y 2025 relacionados con la minería ilegal por más de 2 248 millones de dólares; lo que evidencia la magnitud del problema y la sofisticación con la que estas redes criminales operan para lavar dinero y evadir controles fiscales, financieros y ambientales.

Las organizaciones criminales utilizan diversas técnicas para canalizar el dinero ilícito, que incluye la compra de insumos, el pago de mano de obra en condiciones precarias, y la comercialización de oro a través de intermediarios que lo hacen parecer legal.

El contrabando y comercialización ilícita de explosivos es un negocio satélite de la minería ilegal , en La Libertad

El «lavado del dinero ilícito»

Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) las tipologías de lavado de activos más frecuentes son: empresas de transferencias de fondos; empresas que trasladan dinero del exterior mediante giros y ganan comisiones y pagan la diferencia a tasas menores que las oficiales, amnistías tributarias; mecanismos para que los contribuyentes legalicen capitales no declarados en el exterior.

Una forma de burla la ley es, según la SBS, el pago de una tasa reducida, y adquisición de loterías y juegos de azar ganadores; el lavador contacta a ganadores de lotería y les compra el billete premiado, pagando el valor del premio más un extra, para así blanquear dinero ilícito.

Además, el uso ilegal de químicos tóxicos como mercurio y cianuro en plantas de beneficio agrava el impacto ambiental y sanitario, mientras que el control territorial por parte de estas organizaciones criminales genera inseguridad y explotación laboral.

Ante esta situación, el gobierno aprobó el Decreto de Urgencia Nº 006-2025, que establece acciones de fiscalización, control y trazabilidad del transporte y comercialización de insumos químicos, explosivos y materiales relacionados con la minería ilegal.

En junio de 2025, el gobierno aprobó la «Estrategia nacional para la reducción e interdicción de la minería ilegal en el Perú al 2030», mediante el Decreto Supremo n.º 003-2025 con el objetivo es fortalecer la lucha contra la cadena delictiva de la minería ilegal a nivel nacional, a través de un trabajo articulado, eficaz y sostenible.

Sin embargo, la Sociedad Nacional de Minería advierte que las normas serán insuficientes si la corrupción y normas trampa, como el REINFO, prevalecen.

En Pataz, a diario hay intervenciones para cortar los tentáculos de la lucrativa minería ilegal. ¿Es suficiente?

La economía denomina a este fenómeno como economía subterránea, también conocida como economía informal o sumergida, se refiere «la producción de bienes y servicios que no se declaran a las autoridades gubernamentales». Además, «aunque pueden ser legales en sí mismas, se mantienen ocultas para evitar el pago de impuestos, el cumplimiento de regulaciones o para ocultar actividades ilegales«. En el Perú es un problema histórico. 

El oro no siempre brilla, pues el dinero ilícito proveniente de la minería ilegal no solo corrompe economías y gobiernos, sino que también destruye ecosistemas y vulnera derechos humanos, por lo que su combate debe ser una prioridad en la agenda pública y judicial de los países afectados.

Por Robert Flores y Brenda Galarza