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Hombre muere en parque de Trujillo y vecinos culpan al personal de Seguridad Ciudadana de no auxiliarlo

El fallecido, identificado como Pedro Valdelomar Sifuentes, fue hallado tirado en la vereda del parque Homenaje a la Mujer al promediar las 8 de la mañana. Testigos afirmaron que se encontraba con una botella de licor en la mano, por lo que creyeron que estaba en estado de ebriedad.

Según testigos, un hombre identificado como Pedro Valdelomar Sifuentes empezó a convulsionar, acto que fue confundido por parte del personal de Seguridad Ciudadana con un simple hipo, típico de las personas que se encuentran bajo los efectos del alcohol.

Al promediar las 10:50 de la mañana, Octavio Novoa se acercó al parque Homenaje a la Mujer Peruana para auxiliar a Pedro Valdelomar. Al llegar, el hombre ya no tenía signos vitales por lo que llamó a los bomberos, quienes afirmaron tener sus ambulancias ocupadas.

Octavio Novoa se comunicó entonces con el SAMU, del Gobierno Regional, pero los paramédicos respondieron que atendían otros casos. Junto con la Junta Vecinal de la urbanización Primavera, llamaron a un médico que, tras revisarlo, certificó el deceso.

Recién al mediodía se acercó una ambulancia del SAMU. Vecinos consultados por BuenaPepa aseguraron que la madre del fallecido se apersonó al lugar, y declaró que su hijo sufría de alcoholismo.

Algunos vecinos creen que el alcohol habría ocasionado la muerte de Valdelomar, otros no descartan que haya sufrió un infarto; sin embargo, hasta el momento no se ha revelado la causa de su muerte.

¿Falló Seguridad Ciudadana?

Para Octavio Novoa, el personal de Seguridad Ciudadana actuó de forma ineficiente, pues no llamó a los servicios de emergencia y ni siquiera optaron por poner a Valdelomar en la posición lateral de seguridad, sino que, por el contrario, lo sentaron, lo que podría haber ocasionado su muerte.

Novoa afirma que los agentes de Seguridad Ciudadana habrían incurrido en el delito de exposición o abandono de peligro a menor de edad, adulto mayor y personas incapaces de valerse por sí mismo, tipificado en el artículo 125 del Código Procesal Penal.

Texto: Víctor Zafra