¡Prepárate para disfrutar de un merecido descanso! Del jueves 29 de junio al domingo 2 de julio se aproxima un nuevo feriado largo en el calendario, brindando a todos la oportunidad de desconectar, ponerse al día con tareas pendientes o explorar actividades recreativas para escapar de la rutina.
El jueves 29 de junio, en conmemoración de la festividad católica de San Pedro y San Pablo, se declara feriado nacional tanto para los trabajadores del sector público como del privado, otorgándoles un merecido descanso remunerado.
Por otro lado, el viernes 30 de junio ha sido decretado como día no laborable, aunque compensable, por el Gobierno. Esto implica que las horas no trabajadas durante este día deberán ser recuperadas en un momento posterior, acordado entre los empleadores y los empleados.
Estas fechas se combinan con el sábado 1 y el domingo 2 de julio, creando un extenso fin de semana que permite a la población realizar diversas acciones, como el fomento del turismo interno. Esta práctica se ha convertido en un importante motor para impulsar la reactivación económica del Perú.
Es importante destacar que los feriados calendarios son descansos remunerados que no requieren compensación adicional y brindan a los trabajadores la posibilidad de recibir un salario triple cuando se les asigna trabajar en dichos días.
En contraste, los días no laborables implican que las horas no trabajadas sean compensadas en un plazo máximo de diez días posteriores al día no laborable, o en una fecha acordada por la entidad pública o privada correspondiente, según sus necesidades específicas.
¿Cuánto debes percibir si laboras en feriado?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) del Ministerio de Trabajo ha aclarado que si trabajas, tanto de forma presencial como remota, en un día feriado, tendrás derecho a recibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu sueldo mensual.
Así se realiza el cálculo
Según la Sunafil, si tu remuneración mensual es de S/ 1,025, tu remuneración diaria se establece en S/ 34.17, calculada dividiendo tu sueldo entre los 30 días del mes (1025/30).
Conociendo tu remuneración diaria, puedes calcular cuánto deberías recibir por trabajar en un feriado. En este caso, correspondería lo siguiente:
Una remuneración por el trabajo realizado: S/ 34.17
Una remuneración adicional del 100 %: S/ 34.17
En total, serían S/ 68.34 por cada feriado laborado, además de tu remuneración mensual. Entonces, si trabajas en dos feriados, la suma total sería de S/ 136.68.
A fin de mes, podrías recibir un total de S/ 1,161.68, considerando los días laborados en feriado.
Es importante señalar que si tu empleador te ofrece días de descanso en lugar de pagarte el monto adicional, ya no recibirás la suma adicional establecida, según lo establecido por la Sunafil.
Compensación por días no laborables
Según el Decreto Supremo 151-2022-PCM, las horas no trabajadas durante los días no laborables deberán ser compensadas en los diez días inmediatos siguientes o en un período determinado por la entidad pública, de acuerdo a sus propias necesidades.
En el caso del sector privado, los empleadores podrán acogerse a esta disposición, previo acuerdo con sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma en que se llevará a cabo la recuperación de las horas no trabajadas. En caso de no llegar a un acuerdo, será decisión del empleador establecer las medidas correspondientes.
Infracciones Cabe destacar que los empleadores que no cumplan con el pago adicional o la compensación por los días feriados laborados estarían incurriendo en una infracción grave en cuanto a los derechos laborales. Las multas correspondientes, dependiendo del tipo de empresa (micro, pequeña y no MYPE), pueden oscilar entre S/ 1,058 y S/ 241,638, según lo establecido.