InicioFruta frescaTribunal de Transparencia acepta recurso de Buenapepa contra municipalidad de Trujillo

Tribunal de Transparencia acepta recurso de Buenapepa contra municipalidad de Trujillo

Comuna se niega a entregar información pública sobre comunicaciones del alcalde José Ruiz Vega.

El Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública aceptó el recurso de apelación que presentó Buenapepa contra la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) por negarse a entregar información de interés público.

Este medio de comunicación acudió a la instancia del Poder Judicial para que resuelva la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información que presentó el 2 de noviembre.

Buenapepa pidió a la comuna trujillana acceso a la información recibida y enviada de la cuenta del correo institucional asignada al alcalde José Prudencio Ruiz Vega, por considerar que los datos que llegaron y salieron de este email reviste de interés público. 

La norma establece que la institución pública tiene diez días hábiles para responder la solicitud. Además, señala que, de no existir respuesta en el plazo citado, el ciudadano puede considerar denegado su pedido. Esto ocurrió con la solicitud de Buenapepa.

Entonces, el medio acudió, el 23 de noviembre, al Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Dos días después, esta instancia publicó la resolución N.º 002750-22, en la que resolvió admitir a trámite el recurso de apelación y solicitó a la municipalidad de Trujillo sus descargos.   

En las próximas horas, el tribunal de pronunciará sobre la apelación presentada por Buenapepa.

A partir de esa decisión, el tribunal tiene diez días para anunciar su dictamen final, es decir, declarar fundada la apelación o rechazarla. Si decide darle la razón a Buenapepa, entonces la MPT estará obligada a entregar la información pública que se ha solicitado.   

El plazo de la ley se ha cumplido, por lo que se espera que en las próximas horas se publique la nueva resolución. 

¿Qué es información pública?

La ley N.º 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que la información pública es cualquier tipo de documentación financiada por el presupuesto público que sirva de base a una decisión de naturaleza administrativa, así como las actas de reuniones oficiales. De la misma forma, el acceso a la información pública es un derecho consagrado en la Constitución Política del Perú. 

Solicitar datos públicos es un derecho que faculta a las personas a conocer, buscar y recibir cualquier tipo de información generada por el Estado. Por su condición de derecho universal, si al ciudadano se le priva de información el resto de sus facultades son afectadas considerablemente.

En Buenapepa creemos que la información de los correos del alcalde José Ruiz Vega corresponden a los lineamientos conceptuales de información pública establecidos por la ley, por lo que creemos que los ciudadanos tienen el derecho de conocerlos.

“El acceso a la información es esencial para la democracia, ya que promueve la participación, la apertura, la transparencia y la responsabilidad de los ciudadanos en la gobernanza”, sostiene el estudioso S. Ngcuka.