La empresa de transportes Miramar S.A. —suspendida desde el martes 3 de diciembre por diversas infracciones graves, luego de protagonizar un siniestro de tránsito en el que murieron cuatro personas y 10 quedaron heridas— podría retomar sus actividades rápidamente por las calles de Trujillo, según lo estipulado por una ordenanza municipal de 2014.
La vigencia de una normativa anticuada, sumada a la inacción de la Comisión de Transportes del concejo municipal, ha generado incertidumbre sobre la eficacia del actual marco legal para regular el servicio de transporte público.
Ordenanza municipal favorece a Miramar S.A.
La Ordenanza Municipal (O.M.) 014-2018-MPT, que se encuentra en vigor, establece que una de las medidas cautelares ante una infracción es la suspensión temporal del servicio, hasta que la empresa infractora pague una multa.
En el caso de Miramar S.A., la multa asciende a casi 7 mil soles, y si la empresa la abona dentro de los próximos 30 días, podrá volver a operar sin mayor demora.
Esta medida, según el alcalde provincial, Mario Reyna Rodríguez, ha sido criticada por ser una sanción “benévola”, considerando la gravedad de los accidentes que involucraron a la empresa, que resultaron en la pérdida de vidas humanas.
En el caso de Miramar S.A., la multa asciende a casi 7 mil soles, y si la empresa la abona dentro de los próximos 30 días, podrá volver a operar sin mayor demora.
El principal problema radica en la obsolescencia de la normativa municipal. Mientras el nuevo Reglamento Nacional de Transportes establece que, una vez dictada la medida cautelar, la suspensión del servicio debe mantenerse hasta que se resuelva el procedimiento de forma definitiva, la O.M. 014-2018-MPT permite que, al pagar la multa, la empresa infractora pueda reanudar sus operaciones.
“Esta ordenanza es muy antigua, y no se ajusta a los estándares actuales”, señaló Reyna, quien lamentó la falta de respuesta de la comisión de Transportes de la municipalidad.
Desde septiembre, la Gerencia de Transportes presentó un informe a dicha comisión, con el objetivo de actualizar la normativa. Sin embargo, hasta la fecha no se ha emitido ningún dictamen al respecto.
“Ese informe permitiría actualizar la ordenanza para que no vuelva a ocurrir que una empresa pague su multa y retome operaciones sin cumplir con la sanción correspondiente. Actualmente, no basta con que paguen; tienen que esperar la orden de levantamiento de la multa”, expresó el alcalde.
El gerente de Transportes, Tránsito y Seguridad Vial, Carlos Cipriano González, explicó que el proyecto de actualización de la ordenanza está destinado a alinearse con el actual Reglamento Nacional de Transporte.
Entre los cambios más importantes que propone el nuevo texto, destaca la introducción de una sanción más severa para accidentes fatales: tres meses de suspensión sin posibilidad de reanudar el servicio, incluso si se paga la multa, tal como sucede en Lima.
“Esto evitará que empresas como Miramar vuelvan a operar con tan solo pagar la sanción”, detalló González.
Tragedia en Trujillo: estas son las infracciones cometidas por Miramar S.A.
En cuanto a las infracciones cometidas durante el reciente accidente fatal, las principales faltas de la empresa Miramar fueron las siguientes: la T-10, por prestar un servicio de transporte en modalidad distinta a la autorizada; la T-11, por operar con conductores no habilitados por la gerencia de Transportes; la T-14, por ofrecer un servicio en una ruta distinta a la autorizada; y la T-16, por permitir que el conductor operara con una licencia de conducir no válida para el servicio.
Estos incumplimientos han dado lugar a un procedimiento administrativo sancionador, que aún se encuentra en fase reservada hasta su resolución final.
Además, el funcionario de la municipalidad aclaró que el vehículo involucrado en el accidente no contaba con un Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), sino con un seguro alternativo llamado Afocat, lo que también agrava la situación.
las principales faltas de la empresa Miramar fueron: prestar un servicio de transporte en modalidad distinta a la autorizada,operar con conductores no habilitados por la gerencia de Transportes, ofrecer un servicio en una ruta distinta a la autorizada y permitir que el conductor operara con una licencia de conducir no válida para el servicio.
En respuesta a estos problemas, la municipalidad ha intensificado las capacitaciones a choferes y cobradores, buscando sensibilizarlos sobre la importancia de su responsabilidad en el cuidado de la vida de los pasajeros.
¿Qué hizo la municipalidad?
La Empresa de Transportes Miramar S.A. fue notificada por la municipalidad provincial sobre la cancelación a perpetuidad de la licencia de conducir del conductor, así como la suspensión del permiso de operaciones de la empresa por 30 días y la sanción pecuniaria de 1.5 de la UIT, entre otras medidas.
El conductor realizó una maniobra temeraria al intentar doblar en una vía de alto tránsito -con un vehículo detenido, sin percatarse que detrás venía un tráiler a velocidad-, lo que ocasionó la muerte de 4 personas y dejó gravemente heridas a otras 10, ofrecía servicio de transporte de personal para una empresa privada, sin tener permiso para ello.
La sanción fue aprobada por la Subgerencia de Fiscalización de Transporte y Tránsito al gerente general de la empresa Miramar S.A. a través de la papeleta por infracción al transporte público N.° B002-00137734.
El choque se registró en el vehículo con placa de rodaje A5L-798, de la flota de Miramar S.A. y conforme a lo establecido en el Cuadro de Infracciones Anexo V de la Ordenanza Municipal 014-2018-MPT, esto corresponde a la infracción T-05 y en virtud de ello la responsabilidad solidaria de la empresa a la que corresponde la placa vehicular.