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Sancionan a jueces que rechazaron denuncia de violación sexual porque víctima usaba calzón rojo

Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) suspendió por seis meses del cargo a los magistrados que emitieron sentencia vergonzosa.

Los jueces de la Corte Superior de Justicia de Ica, Ronald Nilton Anayhuamán Andía, Lucy Julliana Castro Chacaltana y Diana María Jurado Espino, fueron suspendidos seis meses del ejercicio de sus cargos debido a que en una de sus sentencias de delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación utilizaron innecesariamente fundamentos estereotipados.

Los hechos se remontan a octubre del 2020 y se convirtieron en un verdadero escándalo. Los jueces emitieron una resolución que absolvía al acusado Giancarlo Espinoza Ramos (22) de abusar de una joven (20). Entre los fundamentos, los magistrados valoraron el tipo de ropa interior (calzón rojo) que usaba la víctima el día de los hechos e infirieron que ella estaba “dispuesta” a mantener relaciones sexuales. 

Una de sus sentencias de delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación utilizaron innecesariamente fundamentos estereotipados.

Además, en la sentencia se lee que “la supuesta personalidad tímida de la víctima no guarda relación con la prenda íntima que utilizó el día de los hechos, ya que este tipo de prendas se suele utilizar en ocasiones especiales e íntimas”, una afirmación que parecía justificar el abuso y culpar a la mujer de la violación.

Sanción
La Jefatura Suprema de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), presidida por la jueza suprema Mariem De La Rosa Bedriñana, consideró que, independientemente del criterio jurisdiccional que pudieran tener los jueces y/o convencimiento respecto a la responsabilidad de un imputado y su decisión, sus actuaciones sobrepasaron los límites de la independencia y atentaron contra debido proceso, la legalidad y dignidad, al afirmar en su sentencia un ‘estereotipo de género’; contraviniendo así principios rectores y derechos fundamentales como el respeto a la dignidad, igualdad ante la ley, y una vida libre de violencia.

Como se recuerda, luego que el caso se hizo público en el 2020, la OCMA emitió una medida cautelar de suspensión preventiva. Ahora, confirma su decisión de los servidores públicos, integrantes de Juzgado Colegiado Supraprovincial Transitorio Zona Sur, de la Corte Superior de Justicia de Ica.

El Ministerio de la Mujer, en su momento, manifestó su “profundo rechazo” ante los argumentos de los magistrados y agregó que la erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres solo podrá ser posible con “un Poder Judicial imparcial y consciente de su rol fundamental frente a los fines de la erradicación de la violación y discriminación basadas en género”.

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A finales del 2020, la Primera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de Ica anuló la sentencia que absuelve a Giancarlo Miguel Espinoza Ramos, como autor del delito contra la libertad sexual porque vulnera el debido proceso y afecta el derecho a la debida motivación. Además, ordenó que el caso se remita a otro Juzgado Penal Colegiado para que realice nuevo juzgamiento.

La sala de apelaciones anuló la sentencia y ordenó que otro juzgado asuma el caso. (Fotos: Cortesía).

El portal lpderecho.pe explica que el colegiado señala en su sentencia que la vulneración al debido proceso, en primer lugar surge porque el Colegiado de primera instancia analizó la anulación o disminución de voluntad de poder decidir de la agraviada, producto de la ingesta de alcohol, como si se tratara de un delito de violación sexual en estado de inconsciencia; cuando de autos, específicamente del requerimiento acusatorio y de la propia sentencia – rubro “calificación jurídica”, se atribuye al acusado haberse aprovechado de cualquier entorno que impida a la agraviada dar su libre consentimiento, obligándola a tener acceso carnal vía vaginal; circunstancia que revelaría un vicio de motivación incongruente.

“A muchas mujeres y organizaciones feministas nos ha causado mucha indignación porque no es la primera vez, ni es un caso excepcional, donde la Justicia revictimiza y contribuye a esta cadena de violencias que se ejecutan contra las mujeres”, declaró a Efe la vocera del movimiento feminista Manuela Ramos, Luz Mateo.

El hecho de que la sala judicial haya resaltado el uso de esa prenda es lo “más escandaloso”, pero “en toda la sentencia ha habido una serie de argumentos basados en prejuicios, en estereotipos, en machismo, que ha causado bastante indignación”, precisó la activista.