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Pesca en áreas naturales protegidas: qué dice el fallo de la Corte Suprema y por qué se pronunció la SNP

El gremio sostiene que la sentencia brinda seguridad jurídica y evita restricciones generales sin sustento técnico.

Un reciente fallo de la Corte Suprema ha puesto punto final a una controversia legal que venía generando incertidumbre sobre el desarrollo de actividades productivas en las Áreas Naturales Protegidas (ANP).

La sentencia establece criterios claros sobre cuándo pueden imponerse restricciones y bajo qué condiciones es posible realizar actividad pesquera sin afectar los objetivos de conservación.

Pesca en áreas naturales: fallo de la Corte Suprema

Tras conocerse la decisión judicial, la Sociedad Nacional de Pesquería emitió un pronunciamiento en el que respalda la interpretación del máximo tribunal y destaca que el fallo permite armonizar la protección ambiental con el desarrollo económico, siempre que se respeten criterios técnicos y científicos.

Según la lectura de la sentencia, las limitaciones a las actividades productivas son válidas cuando buscan evitar la extinción de especies de la flora y fauna marina. No obstante, el fallo reconoce que la pesca puede realizarse dentro de Áreas Naturales Protegidas si se garantiza el cumplimiento estricto de los objetivos de conservación establecidos para estas zonas.

La Sociedad Nacional de Pesquería remarcó que este enfoque ya se aplica en experiencias como la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, creada mediante el Decreto Supremo 008-2021-MINAM, donde se permite la coexistencia entre conservación y aprovechamiento sostenible bajo supervisión técnica del Estado.

En su pronunciamiento, el gremio pesquero señaló que la sentencia aporta seguridad jurídica al precisar que cualquier restricción debe estar sustentada en evidencia científica y en evaluaciones técnicas realizadas por la autoridad competente, evitando interpretaciones generales que paralicen actividades económicas sin sustento ambiental.

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