Jefferson Farfán y Magaly Medina vuelven a ser protagonistas de un proceso judicial. El Ministerio Público dispuso abrir una investigación preliminar contra el exfutbolista por la presunta comisión de los delitos de acoso, extorsión, organización criminal y marcaje o reglaje, en agravio de la conductora de televisión.
La medida consta en la Disposición 08, del 5 de octubre de 2026, que recoge los antecedentes de la denuncia presentada contra el exseleccionado nacional.
De acuerdo con el documento difundido, la investigación comprende la presunta comisión de delitos «contra la libertad, en la modalidad de acoso; contra el patrimonio, en la modalidad de extorsión; y contra la tranquilidad pública, en la modalidad de organización criminal y marcaje o reglaje».
En la disposición se identifica a Magaly Jesús Medina Vela como denunciante y a Jefferson Agustín Farfán Guadalupe como investigado.
Farfán y Medina: el origen del conflicto
La denuncia de Medina contra Jefferson Farfán, que derivó en la investigación preliminar del Ministerio Público, tiene su origen en el enfrentamiento público entre ambos por el cumplimiento del servicio comunitario impuesto a la conductora.
De acuerdo al periodista Ric La Torre, primero en revelar esta denuncia, la fiscalía inició las indagaciones por acoso «por todo lo que supuestamente Magaly ha dicho que Jefferson Farfán le ha hecho desde hace meses», el marco del conflicto por la verificación de la sanción.
La disputa escaló en julio del 2026, cuando Farfán publicó en su canal de YouTube un video de 22 minutos titulado Magaly Jesús al descubierto, en el que su equipo cuestionó el cumplimiento de las 138 jornadas de servicio comunita, rio impuestas a Medina tras ser condenada por difamación.
El Poder Judicial declaró inadmisibles las imágenes presentadas por el exfutbolista, al considerar que la etapa procesal correspondía a la ejecución de sentencia y no a la presentación de nuevas pruebas.
El material sostenía que, en seis de las ocho fechas registradas, la conductora no habría permanecido en la parroquia Nuestra Señora de Loreto, en Surco, donde debía cumplir la sanción.
Frente a ello, Medina defendió el cumplimiento de su sanción y cuestionó la metodología empleada por el entorno del exfutbolista: «Cuando uno investiga, tiene que cubrir todos los ángulos, porque de lo contrario estás difamando, estás mintiendo y a mí me estás difamando», declaró en su programa Magaly TV, La Firme.
Luego denunció haber recibido presuntas amenazas contra su vida y la de su abogado, en mensajes que, según su versión, mencionaban el nombre de Farfán.
La conductora presentó denuncias ante la División de Extorsiones de la Policía Nacional, la Fiscalía de la Nación y el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
En ese contexto, el Poder Judicial declaró inadmisibles las imágenes presentadas por el exfutbolista, al considerar que la etapa procesal correspondía a la ejecución de sentencia y no a la presentación de nuevas pruebas.
El origen del conflicto: el reportaje de 2019
El enfrentamiento entre ambas figuras públicas se remonta a 2019, cuando Magaly TV, La Firme difundió imágenes grabadas dentro del departamento de Farfán, en Miraflores, en las que se le observaba junto a la cantante Yahaira Plasencia.
El exfutbolista denunció que la grabación vulneró su intimidad y, en 2020, presentó una denuncia penal contra Medina por violación agravada de la intimidad.

En julio de 2024, el Poder Judicial la declaró culpable y la condenó a dos años y ocho meses de prisión efectiva, convertida luego a 138 jornadas de servicio comunitario, además de una reparación civil que la Octava Sala Penal Liquidadora de Lima redujo a 300 000 soles en apelación. La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad en agosto de 2025, con lo que la sentencia quedó firme.
Desde entonces, Farfán ha buscado en distintas instancias judiciales que se revoque la pena de servicio comunitario impuesta a la periodista.
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La investigación fiscal contra el exfutbolista por acoso, extorsión, organización criminal y marcaje o reglaje se suma a un proceso paralelo, en el que el Poder Judicial deberá determinar en una próxima audiencia si Medina cumplió de manera efectiva su sanción o si corresponde su reingreso a prisión.


