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La justicia que tarda no es justicia: procesos de alimentos para niños se programan recién para el 2028

Abogada Katherina Paradi Rumiche reveló que procesos por Omisión a la Asistencia Familiar están siendo agendados para dentro de dos años, lo que vulnera el interés superior de los menores.

Hay niños que hoy no consumirán alimentos. Otros que no han ido al colegio porque no pudieron pagar el transporte. Algunos más que esperan una consulta médica que no llega. Y mientras ellos crecen, se enferman o simplemente pasan hambre, el Poder Judicial los ha citado para el año 2028.

Así lo denunció el miércoles 26 de agosto la abogada Katherina Parodi Rumiche, del estudio Parodi Rumiche, a través de sus redes sociales, al revelar que procesos por omisión a la asistencia familiar —que involucran directamente derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes— están siendo programados para audiencia recién dentro de dos años.

No se trata solo de expedientes, números o carga procesal, enfatizó la letrada en su publicación. Se trata de alimentos, educación, salud y necesidades básicas de menores que existen hoy, no dentro de dos años.

La denuncia expone una de las contradicciones más dolorosas del sistema de justicia peruano: la tutela judicial efectiva, en los hechos, llega cuando la urgencia ya pasó.

El delito de omisión a la asistencia familiar consiste en el incumplimiento del pago de la pensión alimentaria previamente establecida mediante una resolución judicial firme o acta de conciliación.

Parodi Rumiche señaló que, si bien se comprende la sobrecarga del sistema judicial, resulta necesario preguntarse si es razonable que un niño tenga que esperar hasta el 2028 para que se atienda judicialmente el incumplimiento de una obligación destinada a garantizar su subsistencia.

La abogada hizo un llamado a la Corte Superior de Justicia de Piura, al Poder Judicial y a las instituciones encargadas de velar por los derechos de los niños para que se adopten medidas urgentes frente a esta situación.

«La carga procesal no puede terminar trasladando sus consecuencias a quienes más protección merecen», escribió.

Juicio por alimentos: un delito conocido

El delito de omisión a la asistencia familiar consiste en el incumplimiento del pago de la pensión alimentaria previamente establecida mediante una resolución judicial firme o acta de conciliación.

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De acuerdo con el artículo 149 del Código Penal, este acto ilícito se sanciona con una pena privativa de la libertad no mayor de tres años o con la prestación de servicios comunitarios de 20 a 52 jornadas.

Debido a su alta incidencia, este delito representa más del 50 % de la carga procesal penal en el país y ha dejado un acumulado histórico de más de 139 000 personas con sentencia condenatoria registradas por el Poder Judicial al cierre del periodo de los últimos cinco años.

Juicio por alimentos,

A pesar de que la ley exige su tramitación a través del proceso inmediato para acelerar los plazos legales, la sobrecarga del sistema de justicia provoca que la resolución de cada caso demore en promedio entre 6 y 12 meses desde que la denuncia civil se deriva a la vía penal. Sin embargo, esta realidad está cambiando para mal.

«El interés superior del niño exige una actuación prioritaria, célere y efectiva», sentenció Parodi Rumiche. «Los derechos de nuestros niños no pueden ponerse en agenda para dentro de dos años. La celeridad, cuando se trata de ellos, no debería ser una aspiración. Debe ser una prioridad».