InicioFruta frescaCaso Adrián Villar: examen toxicológico practicado en clínica carece de rigor legal

Caso Adrián Villar: examen toxicológico practicado en clínica carece de rigor legal

“Cualquier informe emitido fuera de este marco legal —como aquellos realizados en clínicas o entidades privadas por iniciativa unilateral del investigado— carece de naturaleza pericial y se reduce a un reporte clínico sin valor probatorio dentro del proceso penal”, explica representante del Colegio de Químicos farmacéuticos.

El Poder Judicial aplazó para el 4 de marzo, la audiencia en donde se determinará si se impone prisión preventiva de nueves meses contra Adrián Villar, por atropellar y causas la muerte de Lizeth Marsano: uno de los casos más mediáticos.

Un aspecto importante y, que es la raíz de la controversia, versa sobre si el Villar conducía en estado de ebriedad, quedó dormido en el volante o si tuvo la intensión de causar la muerte a la deportista.

Controversia por el examen toxicológico

César Nakazaki, abogado de Villar, aseguró que su cliente visitó una clínica y en donde le practicaron exámenes para descartar el consumo de alcohol. «Se realizó un dosaje etílico y un análisis toxicológico», afirmó.

Contrario a Nakazaki, el comandante general de la PNP, Óscar Arriola, aseguró que Adrián Villar nunca estuvo internado en una clínica ni se sometió a dosaje etílico.

Lizeth Marsano, químico farmacéutico, explicó que una pericia toxicológica (dosaje etílico y drogas), como en el de Adrián Villar, es un acto procesal regulado por ley que únicamente puede ser realizado dentro del marco del sistema de administración de justicia, cumpliendo estrictamente los protocolos de Cadena de Custodia, metodología forense validada y estándares científico-legales exigidos en el proceso penal.

“Cualquier informe emitido fuera de este marco legal —como aquellos realizados en clínicas o entidades privadas por iniciativa unilateral del investigado— carece de naturaleza pericial y se reduce a un reporte clínico sin valor probatorio dentro del proceso penal”.

Explicó además que, el análisis toxicológico con fines forenses exige: custodia ininterrumpida y documentada de la muestra, procedimientos validados bajo estándares internacionales y emisión de informe pericial conforme al Código Procesal Penal y a las normas legales vigentes.

Por normativa, pretender atribuir esta competencia a profesionales no facultados por ley constituye un intrusismo profesional y un error técnico-científico que afecta gravemente la correcta administración de justicia.

“En el Perú, el laboratorio de Criminalística de la Policía Nacional del Perú garantiza el cumplimiento de estos requisitos y el análisis e interpretación de sustancias químicas, tóxicos y drogas constituye un acto farmacéutico, competencia legal y científica del profesional Químico Farmacéutico, quien es el único profesional con formación académica especializada para liderar, ejecutar y certificar estos procedimientos en el ámbito forense”.