Escribe Luis Quispe Palomino
Como corrector de textos, me he topado con varias faltas ortográficas y fe de erratas en artículos, ensayos e informes académicos, errores que son el pan de cada día en este meticuloso oficio.
Por ejemplo, hay una anécdota que me llevó a cuestionar unos preceptos. Cuando decidí colocarle tilde a su apellido, mi amiga me increpó: “Soy Enriquez, no me llamo Enríquez, déjalo así, nomás”. Quizá mi afán por corregirlo todo, me obligó a responderle: “Al contrario. Tú eres En-rí-quez, no te llamas [Enriquéz], ¿acaso no te das cuenta?”. Fueron muchos los intentos fallidos para que me dé la razón.
¿Por qué las personas se aferran tanto a conservar sus nombres mal escritos? Siempre he pensado que son dos causas que las conllevan a defender, a capa y espada, el registro de sus nombres y apellidos en el Reniec: a) desde hace años, circula la idea equivocada que, para los antropónimos, no existe ortografía, es decir, que puedo escribir mis nombres como me dé la reverenda gana; así como b) si en mi DNI figura Jose Sanchez (sin tildes), no puedo escribir, en otros documentos, José Sánchez porque podría acarrear problemas legales dentro del ámbito civil-administrativo (“capaz se crea que soy otra persona”). Habiendo dicho esto, ahondaremos en esas dos causas.
La ortografía de los antropónimos. Se dice que la RAE no ha publicado una normativa específica para los nombres de personas, lo cual es cierto; sin embargo, existe otras reglas, hasta principios y recomendaciones, que son aplicables a nuestro caso.
Al respecto, la Ortografía de la lengua española (OLE), en el capítulo 7, titulado Ortografía de los nombres propios, nos ofrece algunos alcances: a) que los nombres propios inician con mayúsculas, b) que las preposiciones se escriben en minúsculas (“María del Pilar”), salvo la preposición vaya primero (“Del Pilar, María”), c) que los nombres se pueden pluralizar (“Las Marías”), entre otros.
A través de su cuenta de Twitter, la RAE escribe: “Los nombres propios deben someterse a las reglas de acentuación como el resto de palabras”. En ese sentido, si en tu acta de nacimiento o DNI, por descuido del servidor público o equivocación de tus padres, tu nombre figura Angel, deberás escribirlo como Ángel, con tilde en la penúltima sílaba por ser palabra llana.
Esto no es un capricho de la docta institución matritense, sino la aplicación del principio de autenticidad: “Lo hablado debe corresponderse con lo escrito y lo escrito con lo hablado”. Además, todos tenemos derecho a ser llamados fonéticamente bien por nuestros nombres.
Recuerdo una enseñanza que me dio el profesor Jorge Valdez Zavaleta cuando cursaba el segundo ciclo de mi carrera: “Si tienes que escribirle una solicitud al señor José Gutiérrez, no le vas a consultar cómo se escriben sus nombres, simplemente tendrás que aplicar las normas de tildación general”. Ahora que lo pienso bien, más que una enseñanza, fue una lección de vida.
Los antropónimos en el campo jurídico. Por respeto al derecho a la identidad, el ser humano goza del derecho a ser llamado de un modo y no otro, a fin de que se le pueda individualizar como persona y hacer más fácil la vida en sociedad. Al parecer, el principio de autenticidad se corresponde con el reconocimiento de nuestra identidad y desarrollo de la personalidad: ambos contenidos abogan no solo por la correcta escritura de los nombres de pila y los apellidos, sino también por el tratamiento oral que podamos tener en la vida pública.
La preocupación por los problemas legales que generaría someter nuestros nombres a las normas de tildación general del español es un discurso escuálido sin fundamento. Autores como Enrique Varsi Rospigliosi han manifestado la irrelevancia que tiene la tilde en asuntos administrativos, civiles y comerciales.
Precisamente, redactar un contrato de compraventa, emitir recibo por honorarios o solicitar una licencia de construcción son operaciones en las cuales tiene cero implicancias la corrección ortográfica; no obstante, existen otros tipos de actividades donde se requiere mayor formalidad (la sucesión hereditaria, por ejemplo) y se recomienda optar por la rectificación de los datos personales del DNI.
Para finalizar, estoy completamente seguro de que frases como “Mi nombre no se escribe de esa manera” pueden llegar a entorpecer el flujo natural del lenguaje y relativizar la comunicación oral.
Luis Quispe Palomino (Barrios Altos, 1999). Estudia la carrera de Derecho en la Universidad Privada Antenor Orrego. Ha publicado artículos de opinión y divulgación en las revistas Los Contemporáneos (México) y Taquicardia (Trujillo). En 2020 inauguró el proyecto Disicultura, el cual se ha convertido en la primera editorial de textos de no-ficción, de forma autogestionada, de La Libertad. Actualmente, se desempeña como docente de Lenguaje y corrector de estilo. Reside en Laredo.