Uno de los problemas de redacción que observo, a menudo, en mi carrera trata sobre la enumeración en los escritos de carácter administrativo-jurídico: contratos, decretos, disposiciones, resoluciones, sentencias, etc.
Por su estructura rígida, en dichos escritos aún se conserva el punto y guion como signo de puntuación, pese a que las autoridades de la Academia no legitiman su uso.
El punto seguido del guion se ha instalado de tal manera en nuestra cultura que, poco a poco, le hemos asignado distintas funciones: lo usamos para enumerar una lista, para indicar que no quedan centavos, para señalar el final de un párrafo, para separar los epígrafes dentro de un libro.
Su empleo es una herencia de la máquina de escribir. Quiero suponer que, en algún momento de la historia, llegada la era de los textos mecanografiados, a alguien se le ocurrió usar dos signos de puntuación independientes para dar origen a una nueva forma de enumeración.
De modo que la costumbre ayudó no solo a que se propague en la coloquialidad, sino también en la lengua culta, la administración pública, el itinerario de jueces, legisladores, abogados, funcionarios y servidores públicos.
Como saben, la costumbre hace la regla. En el país vecino de Argentina, hasta el 2017 rigió el decreto N.º 333/85, que obligaba a los operadores del derecho a emplear el punto y guion en la redacción de la documentación administrativa.
Según este decreto, los artículos se identificaban con números arábigos, ordinales y cardinales seguidos del punto y guion.
Por ejemplo: “Artículo 5.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de los cuarenta y cinco (45) días corridos contados desde la fecha de su publicación”.
La importancia de este tipo de leyes no era meramente formal, sino también de prevención ante la mala fe en el ámbito comercial.
Es así como, en los cheques, se comenzó a usar el punto y guion al final de la cifra para desechar la posibilidad de que cualquier persona malintencionadamente pudiera agregar más dígitos.
No obstante, la Real Academia Española no reconoce su utilidad y recomienda, en los casos de enumeración de lista, colocar el número seguido únicamente del punto. Este rechazo no es nada nuevo ni un despropósito de la docta institución matritense.
En el Diccionario de ortografía de la lengua española (1996), el lingüista José Martínez de Sousa negaba la utilidad del “punto y menos” como signo de puntuación porque no gozaba de unidad, esto es, se podían usar cada uno independiente del otro: “No es más que un encuentro de signos”.
De alguna manera, esta crítica fue recogida y avalada por la Academia para dar la espalda a todo documento despasado que no se redacta conforme las nuevas normas de la ortografía del español.
Sumado a ello, la economía del lenguaje y la estética del texto no avanzan en la misma dirección del punto y guion: si el punto o el guion cumplen las mismas funciones del punto y guion, para qué unirlos en la redacción; lo único que se consigue con esto es sobrecargar visualmente el texto.