El Gobierno de Dina Boluarte ha oficializado la ley que autoriza el retiro del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), publicada en el diario oficial El Peruano.
Esta medida, que ha sido ampliamente anticipada, genera una nueva interrogante entre los trabajadores: ¿cuándo se podrá retirar el dinero de la CTS?
El pasado 2 de mayo, el Pleno del Congreso aprobó con 95 votos a favor, nueve en contra y una abstención, el dictamen que permite a los trabajadores la libre disposición del 100 % de sus fondos CTS hasta el 31 de diciembre de 2024.
Posteriormente, el viernes 17 de mayo, el gobierno promulgó la ley, ahora conocida como Ley 32027, con las firmas de la mandataria Dina Boluarte y el titular de la PCM, Gustavo Adrianzén.
¿Cuándo se podrá retirar la CTS?
La disposición complementaria final de la ley establece que el Poder Ejecutivo tiene un plazo máximo de 10 días calendario para aprobar el reglamento correspondiente. Este plazo comienza un día después de la promulgación de la ley.
Por lo tanto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debería aprobar el reglamento el lunes 27 de mayo, permitiendo así que el retiro de los fondos CTS se pueda realizar a partir del martes 28 de mayo.
¿Cómo calcular tu CTS?
Mauricio Matos, associate partner del Área Laboral de EY Perú, explicó a la agencia Andina cómo calcular la CTS dependiendo del tipo de remuneración:
- Sueldo variable o impreciso: la CTS será el promedio del sueldo percibido en los seis meses del periodo correspondiente. Esto significa promediar el salario de noviembre a abril (CTS de mayo) o de mayo a octubre (CTS de noviembre).
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debería aprobar el reglamento el lunes 27 de mayo, permitiendo así que el retiro de los fondos CTS se pueda realizar a partir del martes 28 de mayo.
- Sueldo fijo con remuneración complementaria: Si el trabajador tiene un sueldo fijo más remuneraciones variables como horas extras, estos montos se incluirán en el cálculo si han sido percibidos al menos tres veces en el periodo de noviembre a abril o de mayo a octubre. Los conceptos se suman y se dividen por seis.
Para el cálculo, se debe considerar el sueldo mensual del trabajador, sumarle 1/6 de la gratificación, dividir el total entre 360 y multiplicar por los días trabajados en el semestre (generalmente 180 días).
Beneficiarios y sanciones
La medida aplica a todos los empleados del régimen privado que trabajan al menos cuatro horas diarias. Además, incluye a empleados de pequeñas empresas, trabajadores agrarios y del hogar, quienes ahora recibirán la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha advertido que no depositar la CTS dentro de la fecha establecida constituye una falta grave, sujeta a sanciones económicas. Para pequeñas empresas, las multas oscilan entre 0.45 y 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/2,070 y S/20,700.
Para empresas no Mype, las sanciones varían entre 1.57 y 26.12 UIT, es decir, entre S/7,222 y S/120,152.